- 26 junio, 2018
- Publicado por: administrador
- Categoría: Para CONTADORES
No hay comentarios
Hay cinco razones por las que el SAT te puede dejar de cobrar una deuda fiscal:
1. Pago
2. Cancelación
3. Condonación
4. Compensación
5. Prescripción.
La cancelación se concede cuando al SAT le sale más caro cobrarte.
La condonación se da por mucho motivos, como ayudar a un área geográfica afectada por un desastre natural. Esta decisión corresponde únicamenta a la autoridad;
La compensación, se dá cuando usas un saldo que tienes a tu favor para pagar otro impuesto que debes. Hay reglas de cuando se puede usar y que impuestos pueden usarse para compensar contra otros.
La prescripción, ocurre cuando el SAT no cobra el crédito al finalizar un plazo máximo establecido en la ley para que ejerza su derecho a cobro.
En las leyes fiscales NO se contempla LA MUERTE del contribuyente como causal de la desaparición del crédito fiscal.
¿Entonces qué ocurre?
El heredero de los bienes, también hereda las deudas.
En estos casos el SAT únicamente podrá cobrarse sobre los bienes adquiridos en herencia, no sobre el patrimonio anterior del heredero. Así, si tus bienes suman un total de un millón de pesos y tu deuda asciende a dos, el fisco únicamente podrá cobrar el millón de pesos que suman tus recursos.
Con esto podemos concluir que no todo muere junto contigo…
Si necesitas ayuda para regularizar tu situación fiscal contáctanos