- 28 agosto, 2019
- Publicado por: administrador
- Categoría: Administración
Debes entrar a la página del Infonavit y crear una cuenta en este sitio web o bien, puedes ingresar con el que ya tienes, si es que ya te registraste en el portal; para darte de alta sólo necesitas tu Número de Seguridad Social, es decir, el número con el que estás dado de alta en el IMSS, también debes ingresar tu CURP y RFC.
El registro consta de seis puntos, donde te pedirán datos como tu número telefónico, correo, crear una contraseña y contestar dos preguntas secretas que sólo tu podrás responder, esto es por seguridad. Al final de todos estos pasos te van a enviar un código a tu celular o a través de un correo electrónico, sólo tendrás que darle ‘clic’ a la opción: “Confirmar mi registro”.
Una vez que ya tienes tu cuenta, debes entrar a esta página donde tendrás que ingresar tu correo y la contraseña que acabas de crear para tu cuenta Infonavit; a partir de este punto todo será mucho más fácil, pues ya podrás consultar tu saldo sólo entrando al apartado “Mi Ahorro” y después dándole clic a la opción “Cuánto ahorro tengo”.
Una vez que entras a esa opción te aparecerá tu estado de cuenta, el cual vendrá dividido en los tres tipos de cuentas que existen y así sabrás cuál es tu saldo total; puedes descargar los detalles de las opciones.
Ahora, sí lo que quieres es solicitar una devolución de tu dinero ahorrado, puedes hacerlo desde tu cuenta, sólo le tienes que entrar en la opción “Solicita una cita”, en este apartado te aparecerá una opción para la devolución de saldo de tu subcuenta de vivienda.
Si planeas hacer este proceso, recuerda que el Infonavit y el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) establecieron un mecanismo de devolución automática de aproximadamente 246.5 millones de pesos para 282 mil pensionados que no usaron su crédito de vivienda.
Este mecanismo, el cual, por cierto, es inédito, se podrá aplicar a los beneficiarios de quienes ya fallecieron y actualmente reciben el depósito de la pensión del Seguro Social
Las cuentas que podrán ser parte de este proceso de devolución serán para aquellos trabajadores que comenzaron a aportar entre mayo de 1972 y febrero de 1992, y que no utilizaron sus fondos para la compra de un inmueble; aunque el mecanismo es diferente para los acumulados de las Subcuentas de Vivienda de los trabajadores, que se crearon a partir del nacimiento del Sistema de Ahorro para el Retiro en 1992.
Recuerda que la devolución es sólo para las personas que cuenta con una pensión emitida por el IMSS; por viudez, orfandad y ascendencia. Tienen que estar bajo el régimen de Ley de 1973 y para tramitar la devolución es necesario presentar el dictamen de pensión expedido por el IMSS, con fecha posterior al 1° de julio de 1997