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7)¡Error! Realizar pagos después del plazo establecido, sin incluir los recargos y actualización.
Cómo evitarlo: Si pagas impuestos después del plazo límite, las cantidades a pagar se deben actualizar, además debes cubrir los recargos que correspondan a la fecha en que se efectúe el pago.
8)¡Error! Omitir declaraciones mensuales Impuesto sobre la Renta (ISR) por estar registrado en Régimen de Servicios Profesionales (honorarios) y laborar para personas morales. (Creer que la retención que hacen dichas personas es suficiente para cumplir esta obligación).
Cómo evitarlo: Toda persona que tiene ingresos por servicios profesionales (honorarios) de manera periódica, debe presentar declaraciones mensuales del Impuesto Sobre la Renta, en las que puede descontar el impuesto que les haya sido retenido por la empresa o institución a la que prestan sus servicios. Si al hacer el cálculo del impuesto no resulta cantidad a pagar, sólo se presentará una declaración informando los motivos por los que no existe pago (declaración en ceros), si en el mismo año las declaraciones posteriores resultan igual, ya no se presentan.
9)¡Error! Omisión de pagos o presentar declaraciones en los plazos que corresponden
Cómo evitarlo: Las declaraciones o pagos generalmente deben hacerse mensualmente, a más tardar el día 17 del mes siguiente al que corresponde el pago. La declaración anual se presenta en el periodo de enero a marzo en el caso de las personas morales y en abril, en el caso de las personas físicas. Si no se cumplen en ese plazo, el SAT podrá requerir tu presencia en cualquier momento y esto ya implica el pago de una multa.